En cuanto órgano de representación electiva de los socios pasivos y beneficiarios, corresponde a la Junta Directiva el establecimiento y seguimiento de los objetivos generales y la representación institucional de la Entidad.
Está compuesta por diez vocales:
Vocales electos: seis vocales, que serán designados por la Asamblea General.
Vocales representantes del socio protector: cuatro vocales, libremente designados por aquel de entre los que con el mismo carácter formen parte de la Asamblea General.
El 24 de junio de 2021 se constituyó la actual Junta Directiva de Caja Juan Urrutia, E.P.S.V. que, de acuerdo con los nombramientos de vocales electos representantes de socios pasivos y beneficiarios y con la designación de los vocales representantes del socio protector, está formada por los siguientes miembros:
Presidente:
- D. Armando José Ugarriza Capdevila
Vicepresidente:
- D. Luis García Álvarez
Secretario de actas:
- D. Teodomiro Herrero Santos
Director:
- D. Alfonso Barriales Fernández
Vocales representantes de los socios pasivos y beneficiarios:
- Dª. Mª Libia Aguirregoicoa Echevarria
- D. Brígido Garrido Palazón
- Dª. Pilar Hidalgo Moreno
- D. Julián Martín García
Vocales representantes del socio protector:
- Dª. Leire Aldecocea Andrés
- D. Álvaro Murga Tomé
Comisiones delegadas de la Junta Directiva
Se podrán constituir comisiones delegadas de la Junta Directiva que tendrán las funciones que les sean asignadas por la misma.
La Junta Directiva podrá nombrar cuantas comisiones delegadas estime oportuno para la gestión de materias propias específicas de su competencia.
El número máximo de componentes de cada comisión será de cuatro, dos en representación del socio protector y dos de los socios pasivos y beneficiarios, todos los cuales deberán ostentar la condición de miembros de la Junta Directiva. Todas las comisiones serán presididas por el presidente de la Entidad, actuando como secretario de las mismas el secretario de actas. El director participará, asimismo, en todas las comisiones con voz pero sin voto.
El presidente podrá delegar la presidencia de las comisiones delegadas en otro vocal de la Junta Directiva.
Director
El director de la Entidad ejercerá las funciones de administración, gestión y dirección efectivas de la Entidad y ostentará los poderes que le sean delegados por la Junta Directiva. La persona designada para este cargo deberá reunir las condiciones necesarias de idoneidad técnica o experiencia profesional y no incurrir en ninguna prohibición o incompatibilidad legal.
El director deberá poseer la cualificación profesional, conocimiento, honorabilidad y experiencia adecuados que aseguren una gestión sana y prudente de la Entidad y el desarrollo de sus funciones clave.